Los medios de pago son instrumentos que se eligen para liquidar una operación. Estos que, en principio, son los mimos que se aplican en operaciones comerciales nacionales, deben ser adaptados al medio internacional, que exige acordar la moneda en que se cierra la operación y el cumplimiento de requisitos formales, que aseguren el buen término de la transacción comercial.
En la siguiente tabla tenemos los principales medios de pago utilizados en el comercio internacional.
Medio de pago | Seguridad de cobro | Grado de confianza (entre las partes) | Coste comparativo | Formalismos |
---|---|---|---|---|
Crédito documentario | Máxima | Mínimo | Alto | Alto |
Carta de crédito comercial | Máxima | Mínimo | Alto | Alto |
Remesa documentaria | Media | Medio | Alto | Alto |
Orden de pago documentaria | Media-baja | Medio | Medio-alto | Alto |
Remesa simple | Media-baja | Alto | Medio-alto | Medio-alto |
Orden de pago simple | Baja | Alto | Bajo | Medio |
Transferencia | Baja | Máximo | Bajo | Bajo |
Cheque bancario | Baja | Máximo | Bajo | Medio-bajo |
Cheque personal | Baja | Máximo | Medio-alto | Medio |
Es un medio de pago característico de la compraventa internacional, que permite al vendedor asegurarse el pago antes del momento de expedir la mercancía. Intervienen entidades bancarias situadas tanto en el país del establecimiento del comprador como en el país del establecimiento del vendedor. El vendedor cobra en su propio banco el crédito que está a su nombre cuando presenta los documentos justificativos del envío.
Resulta un medio de pago muy seguro para los intereses del exportador, garantiza la expedición efectiva de las mercancías al importador, pero encarece la operación. El crédito documentario, a su vez, puede ser de distintas clases y el banco intermediario puede intervenir de distintas formas. Su regulación se encuentra recogida en las Reglas y Usos uniformes de la Cámara de Comercio Internacional relativos a los créditos documentarios.
Es una variante del crédito documentario, siendo las diferencias tan sólo de índole formal, pero afectan a la seguridad del crédito abierto por el comprador en nombre del vendedor.
La remesa o cobranza es una operación bancaria por la cual el exportador ordena al banco la gestión del cobro de unos documentos financieros (letras de cambio, pagarés, cheques) y/o no financieros (facturas, documentos de embarque, control fitosanitario), contra la aceptación o pago al contado del importador. Si los documentos son comerciales, se trata de una remesa documentaria.
Es una modalidad de transferencia en la que el importador (el ordenante) da instrucciones a su banco de que el importe se ponga a disposición del beneficiario (el exportador), que se hará efectivo contra la entrega de una serie de documentos debidamente estipulados (documentados).
Es una operación idéntica a la remesa documentaria, pero los documentos que gestiona el banco por orden del exportador son financieros.
Es una modalidad de transferencia en la que el ordenante (el importador) indica el nombre del beneficiario de un importe determinado (el exportador), de conformidad con determinadas instrucciones.
Consiste en el envío del importe total del pago del importador al exportador (el vendedor) de forma rápida a través de la intermediación de dos entidades financieras, emisora y pagadora.
Una entidad bancaria o financiera, siguiendo instrucciones de su cliente (el importador), libra un cheque contra una sucursal o agencia de la propia entidad o contra otra entidad corresponsal, que será cobrado por el exportador.
Es un cheque librado por un particular (el importador) contra su cuenta en una entidad financiera. Denota un grado elevado de confianza del exportador en su cliente, pues no duda acerca de la existencia de fondos para cobrar el cheque.
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